La propuesta del Gobierno catalán para regular los alquileres temporales no contempla las necesidades de desplazamiento por un tiempo limitado de algunos colectivos.
El decreto mediante el que el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, actualmente en funciones, quiere regular los alquileres de temporada redunda en el caos jurídico en el que se encuentra el mercado del alquiler, especialmente en esta comunidad autónoma. Las medidas propuestas pretenden atajar este problema eliminando prácticamente esta modalidad de arrendamiento, que es también necesario para algunos colectivos como estudiantes o trabajadores temporales.
La fórmula empleada por la Generalitat de Cataluña no es la adecuada, puesto que no contempla las necesidades reales de desplazamiento temporal que un inquilino puede tener para desear arrendar una vivienda por tiempo limitado. Estudiantes universitarios que pasan el curso fuera de su ciudad, trabajadores que se desplazan unos meses lejos de su puesto habitual de trabajo, funcionarios trasladados a otras provincias o familiares de enfermos que reciben un tratamiento de larga duración en un hospital son algunos de los colectivos que podrían verse perjudicados por esta medida.
Se trata, por tanto, de un parche que lo único que busca es evitar la fuga del alquiler residencial al temporal como una forma de evitar los aspectos más perjudiciales de la Ley de Vivienda, pero que seguirá redundando en el verdadero problema del mercado del alquiler: la escasez de oferta, una realidad que no se va a resolver con medidas que generen más inseguridad jurídica como la intervención de precios.
ALQUILER SEGURO: PRIMERA EMPRESA EN PROPONER UNA REGULACIÓN DE LOS ALQUILERES DE TEMPORADA
Alquiler Seguro defiende desde hace tiempo la necesidad de regular los alquileres temporales para evitar el fraude de ley. Para ello, el pasado mes de enero, la compañía presentó una propuesta de reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para que desarrolle esta modalidad de alquiler y dote de mayor protección jurídica a propietarios e inquilinos.
La propuesta de Alquiler Seguro mantiene el sentido del alquiler temporal a la vez que protege el alquiler residencial. Se basa en la creación de un nuevo artículo en la LAU que diferencie entre las dos tipologías de contrato de arrendamiento mediante la determinación de la circunstancia de temporalidad y la duración exacta del arrendamiento, así como la necesidad de que el arrendatario cuente con un domicilio permanente.
La nueva medida establece que un alquiler por tiempo limitado debe ser considerado como vivienda permanente. De esta manera, los contratos temporales quedan sujetos a las mismas normas relativas a la fianza y a la determinación de la renta que los alquileres residenciales, perdiendo el sentido último de su aplicación como alquiler temporal.
Esto implica que los alquileres temporales se verán también sujetos a la limitación de precios impuesta por la Ley de Vivienda en las zonas declaradas tensionadas de acuerdo con el índice de precios del alquiler. El propietario deberá justificar la causa de la temporalidad al depositar la fianza o, de lo contrario, constará como alquiler residencial. Esto desincentivará el alquiler de temporada, reduciendo la oferta en una modalidad que es igualmente útil para cubrir las necesidades temporales de algunos colectivos.